La Agencia Tributaria ha dado un paso firme hacia la digitalización de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF). A través de una normativa que ya se venía anunciando desde 2021, Hacienda ha definido por fin las condiciones técnicas obligatorias que deberán cumplir. Estos sistemas serán obligatorios para la mayoría de empresas y profesionales a partir del año 2026.
Los Sistemas Informáticos de Facturación: ¿Por qué son tan importantes?
Los Sistemas Informáticos de Facturación son, básicamente, el programa que se utiliza para emitir facturas. Pero a partir de ahora, no valdrá cualquier software. Los nuevos SIF deberán garantizar, de forma clara e inequívoca, que las facturas no puedan ser modificadas ni eliminadas sin dejar rastro. Es decir, la trazabilidad e inalterabilidad de los registros será clave para evitar fraudes fiscales.
Además, los datos registrados deben poder ser revisados por Hacienda en cualquier momento, y en el caso de una modalidad específica, incluso serán enviados automáticamente a la Agencia Tributaria.
¿Cuándo entran en vigor estos cambios?
Aunque inicialmente se preveía su aplicación para julio de 2025, Hacienda ha decidido ampliar los plazos, ofreciendo más margen a empresas y autónomos para adaptarse:
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Empresas que tributan en el Impuesto sobre Sociedades (IS): deberán tener sus Sistemas Informáticos de Facturación adaptados a partir del 1 de enero de 2026.
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Autónomos y profesionales que tributan por IRPF: tendrán hasta el 1 de julio de 2026 para cumplir con esta obligación.
¿Quiénes están obligados a cumplir los nuevos requisitos?
La mayoría de las actividades económicas se verán afectadas por esta normativa. En concreto, deberán adaptar sus sistemas:
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Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades, excepto las que estén totalmente exentas.
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Autónomos que declaren rendimientos de actividades económicas en el IRPF.
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Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) con establecimiento permanente en España.
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Comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividad económica.
Quienes solo declaren rendimientos del capital inmobiliario (por ejemplo, un propietario que alquila un piso) no están obligados a implementar un SIF.
¿Y quiénes quedan fuera de esta obligación?
Aunque la norma es bastante amplia, existen algunas excepciones importantes:
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Empresas y autónomos que ya envían sus registros de facturación mediante el sistema SII (Suministro Inmediato de Información) de forma telemática.
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Actividades incluidas en regímenes especiales del IVA (agricultura, recargo de equivalencia, régimen simplificado), siempre que no estén obligados a emitir factura.
Las opciones existentes: Verifactu vs. Sistemas no verificables.
Sistemas Verifactu:
Se trata de sistemas que sí remiten los datos directamente a la Agencia Tributaria cada vez que se genera una factura. Esta opción implica una menor carga técnica, ya que parte del control recae directamente sobre Hacienda.
Para ello, la Agencia Tributaria está desarrollando una aplicación gratuita Verifactu, pensada especialmente para autónomos y pequeños negocios que solo emiten unas pocas facturas al mes y no desean realizar una gran inversión en software.
Nuevos requisitos para los Sistemas Informáticos de Facturación a partir de 2026.
Sistemas no verificables:
Son sistemas que no envían la información automáticamente a Hacienda, pero deben cumplir con todos los requisitos técnicos establecidos: registros protegidos contra modificaciones, auditoría interna, firma electrónica, etc. Aunque no se remita la información en tiempo real, esta debe estar disponible de forma inmediata si Hacienda la solicita.
Si no me adapto a tiempo…
Aquí no hay espacio para la improvisación. La sanción por no cumplir con estas nuevas exigencias puede alcanzar los 50.000 euros por ejercicio fiscal. Por ello, es fundamental revisar ya el sistema que utilizas actualmente y confirmar con tu proveedor de software si estás preparando la adaptación a los requisitos publicados por Hacienda.
Conclusión.
A partir de 2026, las empresas y autónomos deberán contar con Sistemas Informáticos de Facturación, y con conexión directa (o indirecta) con Hacienda. No esperes al último momento: revisa tu sistema actual, habla con tu proveedor y, si es necesario, valora la opción gratuita Verifactu.